¿Cuáles son los requisitos y documentos para solicitar la Pensión por Sobrevivencia?
En caso del fallecimiento de un afiliado, que no haya sido por causa de un accidente de índole laboral o enfermedad profesional y que al momento del fallecimiento haya estado cubierto por el seguro de discapacidad y sobrevivencia, los beneficiarios sobrevivientes del afiliado fallecido deben presentarse a la AFP si el fallecido cotizó a la Ley 87-01 o en el IDSS si fue un trabajador activo en el Régimen de Reparto y solicitar su pensión por sobrevivencia.
Los Beneficiarios contemplados son:
El (la) cónyuge sobreviviente (ya sea matrimonio legal o unión de hecho).
Los hijos solteros menores de 18 años y hasta los 21 años de preservar las condiciones de ser soltero y estudiante.
Los hijos solteros mayores de 18 años y menores de 21 años que demuestren haber realizado estudios regulares durante los seis meses anteriores al fallecimiento del afiliado.
Los hijos de cualquier edad considerados discapacitados.
A partir de su nacimiento, los hijos en gestación al momento del fallecimiento del afiliado.
Documentos Necesarios:
Formulario "Solicitud de Pensión de Sobrevivencia. Declaración de Beneficiarios" (que será entregado y llenado en la AFP, con los datos de los solicitantes).
Extracto del acta de defunción legalizada del Afiliado.
Extracto del acta de nacimiento legalizada del cónyuge.
Extracto del acta de matrimonio legalizada del cónyuge. En caso de existir una unión de hecho, debe anexar un acto de notoriedad en que se declare la unión.
Extracto del acta de nacimiento legalizada de todos los hijos (as) del afiliado fallecido. En caso de que existieran hijos adoptivos se debe presentar la documentación legal que los acredite como tales.
Acta del Consejo de Familia, debidamente homologado cuando algunos de los beneficiaros sean menores de edad y en ausencia de tutores legales.
Acto de Notoriedad en el que se validen todos los hijos del afiliado y su fecha de nacimiento, así como la unión de hecho si aplica. Realizado por un Notario, y Legalizada ante la procuraduría general de la República.
De existir hijos discapacitados de cualquier edad, deberá presentar un acta de nacimiento original y legalizado adicional, así como un informe médico con el diagnóstico de la enfermedad, para ser sometido a través de la AFP, a la Comisión Médica Regional que corresponda.
Certificación de estudios regulares realizados durante los seis (6) meses anteriores al fallecimiento del afiliado, para el caso de hijos mayores de 18 años y menores de 21 años, al momento del fallecimiento del afiliado.
Declaración jurada de soltería realizada ante notario público, debidamente legalizada ante la Procuraduría General de la República, para el caso de hijos mayores de 18 años y menores de 21 años, al momento del fallecimiento del afiliado.
Acta Policial y/o documento emanado de autoridad competente, en caso de muerte no natural.
Carta del empleador del afiliado fallecido, donde conste tiempo y horario de trabajo.
En caso de hijos en gestación, certificado médico que avale la condición de embarazo de la madre.
En el caso de que no corresponda la pensión y se proceda a la devolución del saldo de la cuenta a los herederos legales, estos deben realizar el trámite del pago del impuesto correspondiente, ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) antes de retirar el cheque correspondiente.